¿EN QUE CONSISTE EL SERVICIO DE HOSPITALIZACIÓN?
La Dirección de Servicios Clínicos del INPRFM dispone de un servicio de Hospitalización que proporciona atención médica psiquiátrica las 24 horas del día los 365 días del año.
REQUISITOS
- Valoración médico-psiquiátrica,
- Documentar la indicación médica,
- Que exista disponibilidad de cama,
- Contar con la autorización del personal médico adscrito a la Subdirección de Hospitalización del Instituto,
- Una edad mínima de 15 años cumplidos.
- Ingresar con uñas cortas y sin esmalte (si traen uñas postizas se proporcionará un corta uñas especial en Atención Psiquiátrica Continua (APC) para que su familiar responsable recorte las uñas de la persona usuaria y éste será cargado a su cuenta).
- Se sugiere vestimenta cómoda preferentemente pants y playeras de manga corta (no de tirantes) y/o suéter.
- En caso de que la condición médica de la persona usuaria lo requiera, previa valoración y autorización médica deberá contar con acompañantes quienes deberán ser del mismo sexo de la persona usuaria. De no contar con acompañante al momento de su evaluación en el Servicio de Atención Psiquiátrica Continua (APC), el tiempo de espera para la llegada de este, quedará a consideración del personal médico adscrito del servicio o responsable de guardia. El Servicio de Atención Psiquiátrica Continua (APC) brinda atención las 24 horas.
COSTOS
A partir del 1° de diciembre de 2020 la atención es gratuita para quienes no cuenten con seguridad social, conforme a publicación en Diario oficial de la Federación del 30 de noviembre de 2020.
Para quien cuenta con algún tipo de seguridad social (IMSS, ISSSTE), el costo se establece de acuerdo con la clasificación socioeconómica asignada por el área de Trabajo Social.
¿CUÁLES SON LOS COMPROMISOS QUE EL INPRFM ADQUIERE CON EL PACIENTE QUE SE HOSPITALIZA?
- Recibir atención médica especializada, es decir por personal capacitado, para el manejo y tratamiento de personas usuarias con trastornos mentales y del comportamiento.
- Recibir trato digno, respetuoso y humano por parte del personal de salud mental, independientemente de su diagnóstico, origen étnico, sexo, edad, ideología, condición de salud, social o económica, religión, preferencia sexual o estado civil o cualquier otra condición de persona.
- Recibir atención multidisciplinaria de manera ética y con apego a las disposiciones internacionales aplicables en nuestro país en materia de derechos humanos.
- Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz. En lenguaje comprensible para la persona usuaria y su representante legal, con relación al diagnóstico médico, sus derechos y del tratamiento que se pretenda aplicar.
- Decidir libremente sobre su atención, solicitar reuniones con el personal médico y personas profesionales que la estén tratando.
- Recibir medicación prescrita por personal especialista, lo cual deberá quedar asentado en el expediente clínico.
- Ejercer su derecho a no otorgar su consentimiento informado, a negarse a participar o a suspender su participación como sujeto de investigación científica sin que ello demerite la calidad de su atención hospitalaria.
- Contar con las facilidades para obtener una segunda opinión.
- Solicitar la revisión clínica de su caso.
- Recibir atención médica oportuna en caso de sufrir una enfermedad no psiquiátrica y de así requerirlo, tratamiento en una Institución que cuente con recursos técnicos para su atención.
- Que la información, tanto la proporcionada por las personas usuarias o por sus familiares como la contenida en sus expedientes clínicos, sea manejada bajo las normas de secreto profesional y confidencialidad conforme la normativa aplicable.
- Contar con expediente clínico.
- Ser atendida cuando se inconforme por la atención médica recibida.
- Ser alojada en un ambiente seguro, higiénico y humano que garantice condiciones adecuadas de alimentación, habitación, atención médica profesional y espacio seguro.
- Gozar de permisos terapéuticos por indicación médica.
- Comunicación al exterior previa autorización del personal médico tratante y recibir visita familiar por indicación médica.
- Recibir asistencia religiosa, previa autorización médica, así como gestión del personal de Trabajo Social, si así lo desean o visita de una persona consejera espiritual o autoridad religiosa para dar respuesta a sus peticiones espirituales y religiosas.
- Contar con una persona traductora y/o intérprete durante su proceso de atención en caso necesario.
¿QUÉ RESPONSABILIDAD ADQUIERE EL FAMILIAR RESPONSABLE Y EL PACIENTE DURANTE SU HOSPITALIZACIÓN EN EL INPRFM?
- Proporcionar información completa y veraz.
- Tratar con dignidad y respeto al personal de salud de la Institución.
- Apegarse estrictamente a las recomendaciones del personal médico tratante.
- Conocer el contenido y cumplir con el Reglamento Interno de Control Hospitalario.
- Cubrir los costos correspondientes al internamiento de la persona usuaria.
- Pagar cargos por daños de equipo, estructura o daños a terceros de la Institución.
- Mantener al corriente los pagos de su estado de cuenta, si la persona usuaria cuenta con seguridad social.
- Tomar en consideración que cuando la persona usuaria sea menor de 18 años, o no pueda valerse por sí misma, una persona acompañante permanecerá con ésta durante toda la hospitalización.
- Informar al equipo médico cualquier anomalía y/o eventualidad por la atención recibida.
- Solo familiares responsables podrán realizar los trámites de ingreso, permiso terapéutico, egreso, solicitar constancias de atención, recibir informes médicos verbales y por escrito, realizar cambios en el pase de acompañante y la renovación de pases, así como solicitar alimentos para acompañante. Dichos trámites son de manera presencial.
- Es recomendable la asistencia y participación de familiares responsables en el curso psicoeducativo dirigido a familiares de la persona usuaria hospitalizada, que se lleva a cabo de manera presencial, los jueves de 13:00 a 14:30 horas, si hubiere alguna modificación será informada por el personal de Trabajo Social.
- Para las personas usuarias que cuenten con seguridad social, los costos de alimentación de su acompañante no se incluyen en los costos del internamiento (rubro alimentos) éstos deberán ser autorizados y cubiertos por su familiar responsable.
HORARIO DE VISITAS:
Martes, Jueves y Días festivos de 16:00 a 18:00 hrs. Domingos 10:00 a 12:00 hrs. En la visita solo se permitirá el ingreso de un familiar a la vez a la Unidad de Tratamiento, siendo un máximo de dos personas por día de visita. Favor de llevar una identificación oficial vigente con fotografía.
¿EXISTE REVISIÓN DE LOS ARTÍCULOS DE LOS VISITANTES?
Si, por seguridad de las y los pacientes. El personal de seguridad revisará los paquetes o artículos traídos por la / el visitante y realizará una revisión para permitir su ingreso, posterior a ello, le dará indicaciones para llegar a la unidad de tratamiento médico de la / el paciente. En la revisión de seguridad se verificará que no se ingresen:
- Personas bajo efectos de enervantes o sustancias tóxicas.
- Personas que porten objetos punzo cortantes y/o armas de fuego.
- Evitar el uso de botas y zapatos de tacón.
- Mochilas, bolsas, carteras o billeteras, teléfonos celulares, llaves, ni aparatos electrónicos (tabletas, computadoras, etc.).
- Cualquier otra persona no autorizada por el personal adscrito al Servicio de Hospitalización.
- Alimentos, dulces, galletas y cualquier tipo de bebidas.
- Aparatos eléctricos y electrónicos: radios, tenazas eléctricas, televisores, video caseteras, DVD, computadoras, etc.
- Medicamentos.
- Flores de cualquier tipo.
- Muñecos de cualquier tipo.
- Perfumes, cosméticos y cualquier tipo de espray.
- Cortaúñas, tijeras, navajas de afeitar, sacapuntas, cerillos, pinzas de depilar, encendedores, rastrillos de rasurar, etc.
- Artículos de valor (joyería, dinero, tarjetas de crédito). • Todo tipo de papelería (cuadernos, lápices, bolígrafos, etc.).
- Juegos de mesa y/o libros sin previa indicación/autorización médica.
- El Área Médica valorará y autorizará el ingreso de cortaúñas, rastrillo.