¿QUÉ PERSONAS SE ATIENDEN EN EL INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRÍA RAMÓN DE LA FUENTE MUÑIZ?
Personas con Trastornos Psiquiátricos de moderados a severos, que requieran tratamiento farmacológico y que, por lo tanto, no pueden recibir atención en centros de salud, hospitales generales con servicio de psiquiatría y hospitales psiquiátricos.
- Instituciones escolares,
- Instituciones de salud (primer, segundo y tercer nivel),
- Instituciones legales
Es requisito primordial que la atención sea voluntaria, por tal razón, en todos los casos, es la persona adulta quien debe hacer todo el trámite y en caso de persona menor de edad, debe hacer el trámite, padre, madre y/o tutor legal.
Nota: La atención psicoterapéutica únicamente se brinda, cuando sea necesario, a pacientes con trastornos psiquiátricos, que cumplen criterios para recibir atención y que se encuentran recibiendo atención como pacientes en esta institución.
REQUISITOS DE ATENCIÓN
La persona interesada deberá presentar:
- Identificación oficial: INE, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar.
- Documento CURP (Este documento es indispensable para la programación de registro en Admisión, Preconsulta y/o APC).
Si no cuenta con lo anterior, puede presentar en original: Acta de nacimiento, más alguna credencial con fotografía vigente.
- Tener mínimo 13 años cumplidos.
En caso de menores de edad SIEMPRE debe traer:
- Acta nacimiento ORIGINAL del menor
- Documento CURP del menor
- INE del padre, madre, ó tutor legal, solo y únicamente puede acudir con el menor alguno de los anteriores; en el caso del tutor legal, además del INE, deberá presentar, la tutoría legal que lo acredite como tal. NO SE ACEPTAN CARTAS PODER NI DOCUMENTOS QUE NO CORRESPONDAN A LO ANTES DESCRITO.
Si eres una persona extranjera y te encuentras en México, podrás solicitar la Constancia Temporal de la CURP para extranjeros, misma que tendrá vigencia de 180 o 365 días naturales.
https://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/horario-y-oficinas-del-inm
Nota: Es muy importante contar con el documento CURP, ya que de no contar con este NO podrá realizarse el registro correspondiente para recibir atención.